Feriados en Costa Rica para el año 2025
Aquí encontrará el listado de los días feriados que se celebrarán en Costa Rica durante el año 2025. Cada uno de estos días está regulado por el artículo 148 del Código de Trabajo, el cual especifica las disposiciones legales sobre su observancia y el tipo de remuneración correspondiente, dependiendo de si se trata de un feriado de pago obligatorio o no obligatorio. Este detalle resulta fundamental tanto para los empleadores como para los trabajadores, ya que garantiza el cumplimiento de los derechos laborales establecidos por la legislación costarricense.
Fecha | Se Traslada | Celebración | Pago |
---|---|---|---|
Miércoles 1 de enero | N/A | Año Nuevo | Obligatorio |
Viernes 11 de abril | N/A | Día de la Batalla de Rivas | Obligatorio |
Jueves 17 de abril | N/A | Jueves Santo | Obligatorio |
Viernes 18 de abril | N/A | Viernes Santo | Obligatorio |
Jueves 1 de mayo | N/A | Día del Trabajador | Obligatorio |
Viernes 25 de julio | N/A | Día de la Anexión del Partido de Nicoya | Obligatorio |
Sábado 2 de agosto | N/A | Día de la Virgen de los Angeles | No Obligatorio |
Viernes 15 de agosto | N/A | Día de la Madre | No Obligatorio |
Domingo 31 de agosto | N/A | Día de la Persona Negra y la Cultura Afrocostarricense | No Obligatorio |
Lunes 15 de septiembre | N/A | Día de la Independencia | Obligatorio |
Lunes 1 de diciembre | N/A | Día de la Abolición del Ejército | No Obligatorio |
Jueves 25 de diciembre | N/A | Navidad | Obligatorio |
Fin de semana largo |
Pago no obligatorio |
De acuerdo con la legislación vigente, ninguna persona trabajadora está obligada a laborar durante los días feriados. Si una persona trabajadora decide no laborar en estos días, su decisión no puede ser motivo de sanción por parte del empleador.
Excepciones a la prohibición de trabajo:Existen casos específicos en los que ciertas actividades y centros de trabajo, debido a su naturaleza, deben operar durante los días feriados. Estas excepciones están reguladas en los artículos 150 y 151 del Código de Trabajo.
Derechos inalienables de los trabajadores:Es importante destacar que todas las empresas, ya sean nacionales, transnacionales o internacionales, están obligadas a otorgar a sus trabajadores los días feriados establecidos por la ley. Cualquier acuerdo que implique la renuncia a este derecho es nulo y sin valor, conforme a lo estipulado en el artículo 11 del Código de Trabajo.
El MTSS insta a empleadores y trabajadores a respetar y cumplir con estas disposiciones para garantizar los derechos laborales y el bienestar de todas las partes.
Independientemente de la forma de pago, estos feriados deben ser remunerados a todas las personas trabajadoras, incluso si no los laboran. En caso de trabajar durante un día feriado, se debe adicionar el equivalente a un día de salario para cumplir con el pago doble. Si se realizan horas extra ese día, deben pagarse al equivalente de tiempo y medio doble, lo que significa que el valor de la hora trabajada será triple.
Días de pago obligatorio:Si la modalidad salarial es semanal y no corresponde al sector comercio, únicamente se deben pagar los días feriados de pago obligatorio, incluso si no se laboran. En este esquema, los feriados de pago no obligatorio no se remuneran si no se trabajan. En caso de que se realicen horas extra durante un día feriado, estas deben pagarse al equivalente de tiempo y medio.
Notas importantes: